Contrato de servicios
FirmadoEjemplo
Cerrado con el registro de pruebaEl artículo 97 del Código de Comercio dice que un requisito de firma sobre un mensaje de datos se cumple con una firma electrónica apropiada para ese mensaje. Una firma electrónica avanzada es otra firma. inSigner conserva el registro de cierre junto al archivo.
Firma electrónica simple en Essential y Pro · no es una firma electrónica avanzada
Contrato de servicios
FirmadoEjemplo
Cerrado con el registro de pruebaArt. 97Apropiada para el mensaje
Art. 93Escrito, si se mantiene íntegro
Art. 89Actos de comercio, en todo el país
PDF + registroSHA-256 del archivo final
Un flujo. Un registro claro.
Un camino claro que registra la intención, cada acción y la prueba del acuerdo.
Suba el documento, coloque los campos e indique cada firmante.
Vea cómo funcionaCada persona acepta el proceso electrónico y firma los campos que usted colocó.
Vea cómo funcionaDescargue el PDF cerrado junto con su registro de prueba.
Vea cómo funcionaAcuerdos cotidianos
Suba un PDF y conserve el registro de cierre junto al archivo. Los documentos que exigen una firma electrónica avanzada o una escritura pública no están en esta lista.
Y muchos más.
El marco mexicano
El artículo 97 del Código de Comercio dice que, cuando la ley exige una firma o las partes la acuerdan respecto de un mensaje de datos, el requisito se cumple con una firma electrónica apropiada para los fines de ese mensaje. El artículo 89 aplica ese título a los asuntos comerciales en toda la República y enuncia la equivalencia funcional con la firma autógrafa. La firma electrónica avanzada o fiable es la que cumple las fracciones I a IV del artículo 97. La Ley de Firma Electrónica Avanzada es otra ley, para actos con la Administración Pública Federal. La firma estándar de inSigner no es una firma electrónica avanzada.
97
Código de Comercio
El artículo 89 dice que este título rige los asuntos comerciales en toda la República y que los actos de comercio pueden usar medios electrónicos. Una firma electrónica son datos consignados en un mensaje de datos, adjuntados o asociados de forma lógica, para identificar al firmante y mostrar su aprobación. El artículo 89 bis dice que no se niega efecto jurídico solo porque la información esté en un mensaje de datos, si el mensaje se ajusta al Código. El artículo 93 cumple la forma escrita si la información se mantiene íntegra y accesible, y el requisito de firma si el mensaje es atribuible a las partes. El artículo 97 añade que la firma debe ser apropiada. inSigner no decide si lo es.
FEA
Ley de 2012
Las fracciones I a IV del artículo 97 exigen datos de creación que correspondan solo al firmante, control exclusivo al momento de firmar y la posibilidad de detectar un cambio posterior de la firma o del mensaje. El artículo 7 de la Ley de Firma Electrónica Avanzada da a esa firma los mismos efectos que la firma autógrafa en los actos que la ley cubre. El artículo 4 deja fuera las materias fiscal, aduanera y financiera. La NOM-151-SCFI-2016 es la norma de una constancia de conservación de un prestador acreditado. La QES para Europa es una opción Enterprise y no es una firma electrónica avanzada mexicana.
La prueba, no solo una firma
El registro de cierre reúne a quién se invitó, qué firmó y el hash del archivo final.
Registro de prueba
EjemploSi el archivo cambia, el hash deja de coincidir. Descárguelo con el PDF.
El registro guarda la aceptación del proceso electrónico.
Nombre, correo o teléfono, y los eventos de envío, vista y firma.
Un registro cronológico desde la entrega hasta el cierre.
Un hash SHA-256 muestra si el archivo final sigue coincidiendo.
Acuerdos comerciales
El mismo registro de cierre para acuerdos comerciales que no necesitan una firma electrónica avanzada ni una escritura pública.
Contratos de venta
Acuerdos con proveedores
NDA
Propuestas
Pedidos
Encargos de trabajo
Cartas de oferta
Acuses de políticas
El mismo flujo
En los idiomas que ya usa
Preguntas, con respuesta
Aquí están los límites, incluido el artículo 97, la firma electrónica avanzada, la NOM-151 y las afirmaciones que esta página no hace.
Contacte a nuestro equipoLas partes de un flujo de firma electrónica en México que el servicio ofrece hoy.
En asuntos comerciales, el artículo 89 del Código de Comercio dice que el título rige en toda la República, sin perjuicio de los tratados, y que los actos de comercio pueden emplear medios electrónicos, ópticos o de cualquier otra tecnología. El mismo artículo define la firma electrónica como los datos en forma electrónica consignados en un mensaje de datos, o adjuntados o lógicamente asociados a él, que identifican al firmante e indican que aprueba la información. Enuncia que esa firma produce los mismos efectos jurídicos que la firma autógrafa y es admisible como prueba en juicio. El artículo 89 bis dice que no se niegan efectos jurídicos, validez o fuerza obligatoria solo porque la información esté en un mensaje de datos, si el mensaje se ajusta al Código y a los lineamientos correspondientes. El artículo 93 dice que la forma escrita se cumple si la información se mantiene íntegra y accesible para consulta ulterior, y que el requisito de firma se cumple respecto de un mensaje de datos cuando este es atribuible a las partes. El artículo 96 dice que el Código se aplica de modo que no excluya ningún método para crear una firma electrónica. El artículo 97 dice que, cuando la ley requiere una firma o las partes la acuerdan, el requisito se entiende satisfecho si se usa una firma electrónica apropiada para los fines con los que se generó o comunicó el mensaje. La firma estándar de inSigner es una firma electrónica. No es una firma electrónica avanzada o fiable según las fracciones I a IV del artículo 97. Si es apropiada, sigue dependiendo del documento y de la ley que lo rige. inSigner no decide esa cuestión.
El artículo 89 define la firma electrónica avanzada o fiable como la firma electrónica que cumple las fracciones I a IV del artículo 97. Esas fracciones exigen que los datos de creación correspondan exclusivamente al firmante en el contexto en que se usan, que estuvieran bajo su control exclusivo al momento de la firma, que sea posible detectar cualquier alteración posterior de la firma y que sea posible detectar cualquier alteración posterior de la información del mensaje de datos. El mismo artículo dice que cualquier persona puede demostrar la fiabilidad de otra manera, o probar que una firma electrónica no es fiable. La Ley de Firma Electrónica Avanzada se publicó en el Diario Oficial el 11 de enero de 2012. La fracción XIII del artículo 2 la define como el conjunto de datos y caracteres que identifica al firmante, creado por medios electrónicos bajo su control exclusivo, vinculado únicamente a él y a los datos, de modo que sea detectable cualquier modificación ulterior, y que produce los mismos efectos jurídicos que la firma autógrafa. El artículo 7 dice que un documento o mensaje de datos con firma electrónica avanzada produce los mismos efectos, y el mismo valor probatorio, que uno presentado con firma autógrafa. Los artículos 1 y 3 cubren los actos en los que particulares y servidores públicos federales usan esa firma. El artículo 4 dice que la ley no se aplica a las materias fiscal, aduanera y financiera, y que los actos de comercio y las inscripciones en el Registro Público de Comercio se rigen por el Código de Comercio. La e.firma del SAT, antes llamada FIEL, es un certificado para trámites fiscales. inSigner no la emite y no es un prestador de servicios de certificación acreditado. La QES para Europa es una opción Enterprise y no es una firma electrónica avanzada mexicana.
Cada persona firma los campos que usted colocó en el documento que envió. El registro de prueba guarda su nombre y su correo o teléfono, cuándo se envió, se vio y se firmó el documento, la dirección IP, los datos del dispositivo y la autenticación usada.
Sí. Usted puede descargar el PDF cerrado y el registro de prueba, incluido un hash SHA-256 del archivo final. Si cambia un solo byte, el hash deja de coincidir. El hash muestra si el archivo final sigue coincidiendo. No es una constancia de conservación según la NOM-151-SCFI-2016, y no es un sello digital de tiempo. El artículo 93 bis trata de una garantía confiable de la integridad cuando la información debe presentarse o conservarse en su forma original. El hash no decide por sí solo ese artículo. El artículo 95 bis 2 dice que mantener los mensajes de datos bajo el control, acceso y resguardo del comerciante, para su consulta ulterior, es responsabilidad del comerciante.
Los límites, incluidas las afirmaciones que esta página no hace.
No. Essential y Pro usan una firma electrónica simple. Las fracciones I a IV del artículo 97 describen una firma electrónica avanzada o fiable. La NOM-151-SCFI-2016, publicada en el Diario Oficial el 30 de marzo de 2016, es la norma oficial de digitalización y conservación de mensajes de datos. Los artículos 100 y 101 reservan las constancias de conservación, los sellos digitales de tiempo y la digitalización a un prestador de servicios de certificación acreditado por la Secretaría de Economía. inSigner no emite una constancia de conservación. La QES para Europa es una opción Enterprise, con precio aparte, y no es una firma electrónica avanzada mexicana. No está en Essential ni en Pro.
No. El artículo 89 limita el título a los asuntos del orden comercial. No es una regla general para un acto civil, familiar o laboral, y muchos actos que no son de comercio siguen un código civil estatal. El párrafo tercero del artículo 93 no quita el requisito de que un acto se otorgue en instrumento ante fedatario público. El fedatario y las partes pueden expresar los términos en mensajes de datos. El fedatario debe hacer constar cómo se atribuyen esos mensajes, conservar una versión íntegra para consulta ulterior y otorgar el instrumento conforme a la ley del notariado que lo rige. inSigner no actúa como notario ni como corredor público, no es testigo de una firma y no radica un documento en un registro de la propiedad ni en el Registro Público de Comercio. Los títulos de crédito siguen la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito. inSigner no decide si se cumple esa forma. Su abogado decide la forma que el documento necesita.
No por sí solo. El artículo 93 cumple la forma escrita cuando la información permanece íntegra y accesible para consulta ulterior, y un requisito de firma cuando el mensaje de datos es atribuible a las partes. Aceptar el proceso electrónico en inSigner registra el consentimiento para firmar ese documento. No decide por sí solo la atribución del artículo 93, y no es una firma electrónica avanzada para un trámite ante un organismo público federal. El artículo 3 de la Ley de Firma Electrónica Avanzada cubre a servidores públicos y particulares cuando usan una firma electrónica avanzada en los actos que esa ley cubre. La e.firma es otro certificado.
No. De los documentos que usted envía, usted decide la finalidad. inSigner no redacta su aviso de privacidad y no hace que un flujo cumpla la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares, que el artículo 95 bis 1 sigue nombrando para la información en poder de un prestador de certificación. Nubesti se ocupa de la cuenta, la facturación, la seguridad, el soporte y el marketing. No lo use por defecto para formularios de pacientes, consentimiento clínico, apertura de cuenta, decisiones de crédito o KYC. Las comprobaciones de identidad son complementos con precio aparte. No hay una página pública de estado ni un porcentaje de disponibilidad. Las apps móviles están previstas y no son una descarga pública.
La legislación misma, no un resumen de un proveedor.
Esta página es información general sobre el derecho mexicano, no asesoramiento jurídico. La política de firma del centro legal es el texto vinculante. Responsabilidades de la firma electrónica
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